Resolución 149: Valor matrícula 2026

Colegio de Ing. Agrónomos de la Provincia de Santa Fe

VISTO:

Las recomendaciones formuladas por los consejos directivos de las distintas circunscripciones de este Colegio de Ingenieros agrónomos de la provincia de Santa Fe, en función a los estudios de la actividad profesional, situación financiera colegial y la realidad socioeconómica de la Provincia y el país, en el marco de la emergencia sanitaria, así como la necesidad de regularizar la frecuencia del ciclo de percepción de los aranceles por matrícula vigente de los colegiados, siendo este recurso económico esencial para sostener la vida institucional del Colegio y llevar a cabos sus funciones previstas en el art. 2° de la ley 10780, y,

CONSIDERANDO:

Que, por Art. 14, inc. 1) el Estatuto del Colegio de Ingenieros Agrónomos faculta al directorio a fijar el derecho anual de Matrícula; en Asamblea General realizada el 25 de julio de 2025, se han adoptado las medidas necesarias para determinar el arancel matricular anual, la modalidad de pago y demás condiciones al efecto, lo que determina la conveniencia que desde el día 1° de enero del año 2026, se considere como colegiado con matrícula vigente o al día, a aquel, que hubiera abonado la matrícula anual correspondiente al año 2026, modificando las pautas actuales que obedecieron a contingencias socioeconómicas de incidencia en el ejercicio profesional, que hoy puede entenderse no representan impedimento, para retomar a la aplicación de la modalidad de pago, que surge de las normas aplicables,

Que, se cuenta con la debida intervención de las áreas administrativas, contable y técnico legal de este Colegio,

Por ello, y lo dispuesto en los artículos, 2, 10 y 11 de la ley 10780 y artículos 2 inc. b), 6 inc. c), 14 inc. a), 20 ter inc, 1) y 4) y 23 inc. d), 39 y 40 del estatuto aprobado por decreto 3001/2017,

Por ello:

El DIRECTORIO DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE RESUELVE:

ART. 1: Disponer la siguiente modalidad de pago anticipado, en todas las circunscripciones:

  • En una cuota: al día 31 de octubre de 2025. $185.000.
  • En una cuota: al día 30 de noviembre de 2025. $220.000.
  • En una cuota: el día 31 de diciembre de 2025. $230.000.
  • En tres cuotas: los días 31 de octubre, 30 de noviembre y 31 de diciembre de 2025. $70.000 por cuota.

ART. 2: A partir de 2026, el valor de la matrícula se ajustará mensualmente en función del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado. Para el mes de enero de 2026, el valor de la matrícula se calculará tomando como base el monto vigente al 31 de diciembre de 2025, al cual se le sumará el último IPC publicado en noviembre de 2025. Este proceso se repetirá mensualmente, utilizando los valores correspondientes.

ART. 3: El arancel deberá estar pago por los matriculados al primer día hábil del año 2026, entendiéndose que la matrícula colegial se considera vigente si se encuentra al día desde el inicio de dicho año.

ART. 4: En relación a quienes adeudaren aranceles matriculares de los años 2025 o anteriores, se faculta a los consejos directivos de cada circunscripción, a adoptar las medidas de regularización pertinente, atento a la obligación del cierre de padrones con matriculados con matrícula vigentes a efectos legales en general, y en particular electorales y previsionales, al 28 de febrero de 2026.

ART. 5: Regístrese, publíquese y archívese.

Ing. Agr. Marcela Sibuet / Secretaria (mat 82-2-0278)
Ing. Agr. María Gabriela Allegro / Presidente (mat 82-2-0660)
Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe

Santa Fe, 3 de septiembre de 2025.