Resolución Ministerio de la Producción 173/2020: Cursos de actualización en poscosecha de granos

Ministerio de la Producción de Santa Fe

Provincia de Santa Fe
Ministerio de la Producción

RESOLUCIÓN N° 173
Santa Fe, 3 de septiembre de 2020.-

Visto el Expediente N° 00701-0119583-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 975/17 establece que los asesores técnicos en poscosecha de granos almacenados deberán realizar obligatoriamente un curso de formación dictado por el organismo de aplicación a efectos de su habilitación, el cual deberá revalidarse cada dos años mediante la realización de un curso de actualización;

Que dicho requerimiento se ha cubierto provisoriamente a través de la realización de cursos dictados por el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe en colaboración con el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología;

Que la actividad de aplicación de productos fitosanitarios en granos almacenados adquiere trascendental importancia en nuestra Provincia, en razón de su capacidad agroexportadora;

Que la Resolución N’ 108.20 dispuso la prórroga automática hasta el dia 30 de septiembre de 2021 de la vigencia de habilitaciones de asesores en poscosecha, siempre y cuando las empresas que representan hubieran completado el trámite de inscripción correspondiente al período 2019-2020;

Que entre los objetivos generales del curso se establecen la comprensión de la problemática nacional e internacional relacionada al control de plagas en granos almacenados, la seguridad de los trabajadores y del medio ambiente, la comprensión de las herramientas y fundamentos de un programa de control integrado de plagas y las bases para su implementación en el marco de un sistema de gerenciamiento de calidad;

Que el curso consta de diversos módulos cuyo contenido se compone de presentaciones visuales y narradas, dictadas a través de una plataforma virtual, brindando la posibilidad de interactuar con los docentes v con una evaluación por módulo;

Que el desarrollo del curso comprende las siguientes temáticas: control de plagas, inocuidad de granos, sistemas de gestión de calidad en granos almacenados, buenas prácticas en poscosecha y control integrado de plagas, artrópodos plaga de los granos almacenados y sus derivados, herramientas de prevención no químicas, insecticidas preventivos, tratamiento de instalaciones y calibración de equipos de aplicación, fumigación (fundamentos y aspectos prácticos), toxicología de insecticidas, precaución en el uso de fitosanitarios, almacenamiento hermético, atmósferas controladas y modificadas, detección y monitoreo de insectos en granos almacenados, residuos de productos fitosanitarios (conceptos generales, criterios regulatorios y restricciones comerciales), prevención y control de roedores que afectan los acopios y granos almacenados, identificación de aves plagas en instalaciones de acopio de granos (métodos de exclusión y desalojo), bases para un programa de control integrado de plagas y normativa provincial y nacional referida a aplicación de fitosanitarios en poscosecha y trámite de inscripción en SIFISA;

Por ello, y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho,-

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establézcase que el carácter oficial del Curso a distancia sobre Control de Plagas e Inocuidad en Granos Almacenados dictado en conjunto por representantes de esta Cartera Ministerial y el INTA Balcarce o el que en el futuro lo reemplace, dirigido a los asesores técnicos en poscosecha de granos almacenados, acorde lo indicado por el articulo 50 de la Resolución N° 975/17.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que los asesores técnicos dedicadas al control de plagas en poscosecha de granos almacenados deberán realizar -obligatoriamente y sin excepción- el cursado respectivo, debiendo aprobarlo y revalidarlo cada dos años con un curso de actualización a dictarse por el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe, en colaboración con esta Cartera Ministerial.-

ARTÍCULO 3°.- Determínese que los asesores técnicos en poscosecha que actualmente cuenten con curso vigente de actualización dictado por el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe, podrán hacerlo valer para las inscripciones de empresas durante el transcurso del presente año.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

M. V. DANIEL COSTAMAGNA
MINISTRO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
PROVINCIA DE SANTA FE