VISTO:
La necesidad de contar con Honorarios Profesionales referenciales y diferenciados para Directores técnicos de Empresa de Plagas Urbanas (MIPU).
CONSIDERANDO:
Que se han evaluado los requerimientos de especialidad, tiempo de dedicación, informes.
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRONOMOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE RESUELVE:
ART. 1: Establecer en el marco de las resoluciones sobre honorarios N° 008 del año 1993, un ítem específico para la retribución por la tarea de Director técnico de Empresa de Plagas Urbanas (MIPU).
ART. 2: Establecer los honorarios previstos en el anexo.
Dichos valores de honorarios quedan sujetos a modificaciones a medida que se estime necesario.
ART. 3: En todos los casos se adicionarán los gastos de movilidad y viáticos si correspondiere.
ART. 4: Regístrese, comuníquese y archívese.
Ing. Agr. Sibuet Marcela (Secretaria)
Ing. Agr. María Gabriela Allegro (Presidente)
Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe
Aprobada 9 de junio de 2026.
ANEXO RESOLUCIÓN DEL DIRECTORIO PROVINCIAL Nº156
| Honorarios Directores Técnicos de MIPU (Empresas de control de plagas urbanas) | ||
|---|---|---|
| Visitas de asesoramiento | 225 AGROs + viáticos | |
| Certificado por limpieza de tanques | 2.5 AGROs | |
| Certificados / constancias | 1.5 AGROs | |
| Dirección técnica en MIPU | 1-20 servicios | 145 AGROs |
| 21-50 servicios | 255 AGROs | |
| 51-100 servicios | 375 AGROs | |
| más de 100 servicios | 755 AGROs | |
